El medio nacional El Mercurio, publicó una nota sobre las tres claves del reglamento que publicó el Ministerio del Trabajo sobre Ley Karin. El documento describe las directrices a las que se deberán ajustar todas las investigaciones por acoso sexual, laboral y de violencia en el trabajo al interior de las empresas y por la Dirección del Trabajo (DT), incluida la forma de sancionar.
Al respecto, nuestra socia María Fernanda Espinosa, señaló que la investigación puede ser realizada de forma interna en la empresa o derivada a la DT. Con el inicio de las pesquisas, ‘de forma inmediata deberán adoptar las medidas de resguardo necesarias para proteger a los involucrados, algunas de las medidas que pueden adoptar son la separación de espacios físicos, teletrabajo o la atención psicológica temprana a través de la mutual a la que esté afiliada la empresa’.
Además, desde el Ministerio del Trabajo señalaron que el reglamento establece que ‘los procedimientos de investigación de acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo deberán guardar estricta sujeción a los siguientes principios: perspectiva de género, no discriminación, no revictimización o no victimización secundaria, imparcialidad, celeridad, razonabilidad, debido proceso y colaboración’.
La Ley Karin entra en vigencia el 1 de agosto.
Lee la nota completa haciendo click aquí