Dentro del mes de diciembre se debe dar cumplimiento a la Ley de Inclusión y en enero de 2020 todas las empresas deberán informar a la Dirección del Trabajo tanto el número total de trabajadores contratados en el año, como el cumplimiento de la cuota del 1% o en su defecto de la medida alternativa, para así cumplir con lo establecido en la Ley N° 21.015 (en adelante, la “Ley”), que estableció que a contar del 1 de abril de 2019, las empresas con 100 o más trabajadores debían comenzar a cumplir con la cuota de inclusión establecida en la Ley, tal como había ocurrido desde el 1 de abril de 2018 con las empresas de 200 o más trabajadores.
Dado el contexto anterior, el equipo Laboral de Barros & Errázuriz entrega un informe recordatorio abordando la temáticas más relevantes en torno al cumplimiento de la ley en cuestión.
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